Desde 2002 se adicionó un protocolo a la Convención de los Derechos de la Niñez de Naciones Unidas, el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de los Niños (CRC) relativo a su participación en los conflictos armados (CRCOP-AC), 1 el cual prohíbe enrolar a niños y jóvenes menores de 18 años para utilizarlos en conflictos armados. Protocolo que México firmó el 7 de septiembre de 2000 y lo ratificó el 15 de marzo de 2002 (ONU).
La conmemoración del 4 de junio como cada año tiene por objeto promover la protección de los derechos de la niñez, en condiciones de paz y seguridad sin los efectos nocivos que producen los conflictos armados, por lo que resulta urgente aumentar la protección de los niños con miras a evitar que participen en este tipo de luchas, aunque, por desgracia, las guerras armadas no son el único lugar en el que son violentados los niños y adolescentes, ya que también son víctimas de la violencia que se ejerce dentro del hogar, causadas éstas por las relaciones de poder y posesión que se adjudican los padres con respecto a sus hijos.No solamente a través del daño físico se puede infligir castigo a un niño; la mayoría de las veces es a través de la falta de atención, del maltrato psicológico, como los niños reciben formas de violencia de parte de sus padres
La convención sobre los derechos del niño también establece que los niños tienen derecho a conocer a sus padres y a ser cuidados por ellos. No obstante, por muchas razones esto no siempre es así; el maltrato, la orfandad o el abandono son algunos de los factores que llevan a que los menores tengan que vivir en instituciones para ser atendidos por otras personas.
Según la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el trabajo infantil y sus peores formas dañan la salud de los niños y niñas, ponen en peligro su educación y conducen a una mayor explotación y abusos
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